Reglamento

Capítulo 2. Estructura de la Biblioteca

Artículo 5. Órganos de administración, organización, asesoría y dirección

La Biblioteca del Programa Universitario de Estudios sobre la Ciudad, se encuentra adscrita a la Secretaria Técnica de Vinculación del PUEC UNAM.

La Biblioteca deberá ser administrada por un Coordinador, profesional en el área de bibliotecología y/o biblioteconomía.

Artículo 6. La Comisión de Biblioteca

  1. El objetivo de la Comisión de Biblioteca es coadyuvar la consolidación y desarrollo de la Biblioteca, se designará, como lo establece el Artículo 18del Reglamento General del Sistema Bibliotecario de la UNAM; y será integrado por:
    1. El titular de la dependencia quien lo deberá presidir.
    2. El Secretario Técnico de la Secretaría Académica.
    3. El Secretario Técnico de Vinculación.
    4. El Secretario Técnico de Proyectos.
    5. El Delegado Administrativo.
    6. Un representante del personal académico de la Biblioteca.
    7. Un representante del personal administrativo de la Biblioteca.

La integración, atributos y funciones de La Comisión de Biblioteca, se regirá por los Artículos 18, 19 y 20 del Reglamento General del Sistema Bibliotecario de la UNAM.

  1. La Comisión tendrá funciones contempladas en el Artículo 20 del Reglamento General del Sistema Bibliotecario de la UNAM:
    1. Auxiliar y asesorar al Director del Programa, a la Secretaría Académica, a la Secretaría Técnica de Vinculación, a la Secretaría Técnica de Proyectos y al Coordinador de la Biblioteca en asuntos referentes al área de su especialidad.
    2. Respetar y propiciar el cumplimiento del Reglamento Interno de Biblioteca.
    3. Asesorar y apoyar en relación a las políticas de financiamiento, desarrollo y crecimiento de la Biblioteca.
    4. Colaborar en las tareas de diseño, operación y evaluación de los servicios bibliotecarios.
    5. Apoyar las adquisiciones bibliográficas de programas de formación de recursos humanos, así como a los diferentes programas y líneas de investigación que se desarrollan en el PUEC.
    6. Colaborar para que las publicaciones editadas por la dependencia se encuentren en la Biblioteca.
    7. Basado en las necesidades y limitaciones presupuestales de la Biblioteca, analizar y recomendar la adquisición de materiales documentales, mobiliario y equipo especializado.
    8. Contribuir en la vigilancia de los recursos destinados a la Biblioteca, para que sean utilizados para los fines a los que fueron asignados.
    9. Determinar lineamientos generales y así garantizar los servicios bibliotecarios enunciados en el Artículo 17 del Reglamento General del Sistema Bibliotecario de la UNAM.
    10. Organizar exhibiciones de materiales bibliográficos de interés para el personal del PUEC.
    11. Dar a conocer los diferentes materiales bibliográficos de reciente adquisición.
    12. Apoyar, difundir y organizar todos aquellos eventos y actividades de tipo bibliotecario, relacionadas con los usuarios y aquellos que confiera la Legislación Universitaria y el Director del PUEC.